En cuestión fiscal y contable, estamos ante una realidad en el accionar de las personas físicas, alejadas de la legalidad, incurriendo en faltas que pueden poner en riesgo su patrimonio.
Empecemos por decir que la persona física de acuerdo a Ley de Impuestos sobre la renta esta dividida y regulada en:
a) Asalariados
b) Régimen de servicios profesionales (Honorarios y Arrendamientos)
c) Régimen Intermedio ala actividad empresarial
d) Régimen de actividad empresarial
A excepción del inciso A, es común que las personas que cuenten con negocio y caigan dentro de los incisos b, c y d, solo se enfoquen en el pago de impuestos, no cumplan con las obligaciones que se les señala por ley como lo es la DIOT (Declaración Informativa de operaciones con terceros) o como les la obligación de llevar contabilidad, me atrevo a asegurar que el 99% de estos negocios no llevan esto ultimo y no cumplen con lo regulado en ley.
El desconocer una ley no exime de sus sanciones, es importante que el negocio este siempre bajo el esquema de Legalidad, y para esto hay que acatar todo lo que por ley se nos obliga, asesorarse con contadores con experiencia reconocida y no con el que cobra menos, lo barato sale caro
Hay sanciones fuertes por no acatar esto de las obligaciones de las personas físicas, es necesario consulten y conozcan un poco, todas estas sanciones las señala nuestro código fiscal de la federación
Cabe señalar que aparte de esto, el llevar contabilidad , les permitirá conocer de manera veraz y oportuna la realidad de su negocio, si este esta siendo o no rentable, les permitirá una toma rápida en las desiciones