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martes, 13 de octubre de 2015
Resolución Miscelánea 2015
La regla 2.1.41 vale la pena darle una analizada
Esta haciendo referencia a Personas Morales que tributen bajo el esquema fiscal Régimen General , la mayoría de las empresas tributan bajo el mismo
Bien se señala que a partir de Abril de 2014 , cualquier declaración que haya sido manifestado los ingresos nominales en cero , habiendo emitido un CFDI , será sujeto a que se emita una opinión negativa
Esto se traduce a haber emitido factura (s) y al realizar su declaración provisionan en la misma se manifieste que en los ingresos del mes hubo cero, parece incongruente esta situación sin embargo si se da en la práctica , bajo la falsa creencia de que con presentar la declaración sea como sea se sale del problema , o bien bajo la ignorancia , es común que algunos contribuyentes sin estar capacitados crean que realizarla es sencillo y se cometan estas pifias, ya sea de manera voluntaria o involuntaria
Ahora reguladas bajo esta RM
También señala que las Personas Físicas y Morales que estén bajo el Régimen Fiscal de coordinados. y el régimen de actividades agrícolas ganaderas silvícolas y pesqueras, aquí hace solo una diferenciación y es que parta emitirse esta opinión negativa se deberán haber presentado dos o más declaraciones consecutivas manifestando ingresos en cero habiendo emitido CFDI
Aquí y me parece curioso y digno de mención es que para que este supuesto se de deberá ser consecutivo si es salteado no se señala
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