lunes, 7 de diciembre de 2015

Declaración Anual Asalariados

Cuando se presta un trabajo personal subordinado a una empresa o a una persona física quien funge como patrón, es una responsabilidad solidaria para este ultimo efectuar el entero y retención de ISR retenido por sueldos y salarios , esta deducción a tu salario se ve reflejado en recibo de tu nomina , esta retención el patrón la declara y paga cada mes a SHCP La obligación solidaria de tu patrón en cuestión de ISR por salarios es: a) Retención de ISR al pagarte tu salario (semana , quincena o dependiendo de la periodicidad con que se te pague) b) Esa retención hecha en el mes , enterarla al mes siguiente c) Calculo Anual de ISR sobre los sueldos pagados en el año Sin embargo el inciso C deja de ser una responsabilidad del patrón y pasa a formar responsabilidad directa del contribuyente asalariado cuando: a) Sus Ingresos sean superiores a $ 400.000 en año a declarar b) Se hallan obtenido en el año ingresos de 2 o más Patrones c) Obtuvo ingresos provenientes de otro régimen fiscal (honorarios , arrendamiento , actividad empresarial etc) d) Aun y cuando no se hayan obtenido ingresos superiores al inciso a , el contribuyente asalariado informe por escrito a su patrón que él se encargara del calculo El inciso d , normalmente tendría conveniencia asumirlo si en el ejercicio efectuaste gastos que se puedan deducir de la base , las deducciones en este régimen son muy limitadas en cantidad , también es conveniente cuando se cuente con créditos hipotecarios Cualquier información adicional puedes utilizar los medios de contacto que vienen en el blog