viernes, 7 de enero de 2011

La Realidad de los pequeños negocios en México

Tristemente pero de manera bastante cotidiana y real, los negocios pequeños que forman una parte importantísima en la economía de los países desarrollados, son fuente de empleo, no tienen esa misma característica en nuestro País, la vida social de este tipo de negocios es Limitada y NO ES  POR CULPA DEL GOBIERNO, hablamos de personas morales en pequeño o de personas físicas con ingresos altos y una actividad económica de importancia., hasta las tiendas de esquina, mini súper, papelerías, cyber cafés etc.
La mentalidad estriba solo en Vender, se cree que el éxito proviene única y exclusivamente de las ventas.
Característica Primordial de este Tipo de negocios
1.- No existe una planeación
La planeación es el inicio de una serie de procesos, que permitirán conocer mejor el negocio, el conocer algo nos da dominio sobre ello, como podemos dominar algo que desconocemos.
La clave del éxito según a su entender es solo la venta, lo demás no existe, esta mentalidad y esa practica  es la que hace que estos negocios tengan una vida muy limitada, y aquel pequeño porcentaje que logra pasar de 5 años de existencia, opera en los limites, esta parada sobre un delgado hilo, a continuación se detallan algunas de las practicas mas comunes en este tipo de negocios
1.- Desconocen Utilidades o Perdidas reales
No diferencian entre venta y utilidad, esto hace que vivan en una falacia económica que tarde o temprano, cobrara factura, al desconocer la utilidad de cada uno de sus productos, tienden a sobrevaluar el negocio y a tomar decisiones erróneas, y este punto deriva del que a continuación señalo
2.- no tienen administración ni contabilidad
No tienen claramente definidos los procesos administrativos, no están establecidos, es común la duplicidad de funciones y los fallos de control interno en este tipo de establecimientos, aquí lo critico es el Control Interno, lo que permite o facilita el robo de parte de sus empleados, clientes etc., es común que sus ventas a crédito no cubran los mas mínimos requisitos, no analizan la situación económica del sujeto de crédito, no firman pagares, contratos etc., todo es verbal y si va bien un pagare es firmado
Aquí cabe hacer una acotación al respecto, he visto en la practica que ciertas operaciones a crédito, son respaldadas con el endoso de una factura original de un bien inmueble, y se cree que con esto la operación esta respaldada, el Comerciante duerme tranquilo, aunque no debería hacerlo, si la persona que recibe el crédito es lista o abusiva, ira a levantar un parte ante la autoridad judicial por Robo, y a quien creen que dará razón la autoridad judicial?? Efectivamente a quien puso la denuncia y quien es dueño de esa factura (aunque este endosada sigue siendo dueño)
Aquí lo conveniente es realizar una Carta de cesión de derechos, acercarse a un abogado un profesional del tema.
No llevan Contabilidad, es por eso que desconocen su utilidad, la contabilidad es el instrumento que sirve para tomar decisiones, es el ultimo filtro de todos los procesos que involucran la administración, y aun así, este tipo de negocios no le dan la importancia que amerita, la contabilidad te da la situación real del negocio al momento, lo que reditúa en una Toma de decisiones oportuna y veraz, la contabilidad va mas haya de llevar un control de entradas y salidas

3.- Desconocen las sanciones por un cumplir con sus obligaciones
Es común que este tipo de negocios, tenga empleados y no maneje nomina, les pague con dinero de las ventas o lo tome directamente de las cajas etc., es común y es parte de ese descontrol que mencionamos en punto 2, al no manejar nomina esta perdiendo un beneficio tremendo en deducción de Impuestos como el ISR  y en aplicar créditos del 17.5% al IETU., aunado a esto sus empelados no están inscritos al seguro social, si el comerciante supiera el polvorín sobre el que esta parado, que si estalla , lo llevara ala ruina , seguro no tendría estas practicas como correctas.
El no llevar contabilidad lleva sanciones económicas muy fuertes.
4.-  Donde se señala la obligación de la contabilidad
Antes de proseguir solo aclarar que el primero en señalarse la obligación de llevar contabilidad, debe ser el comerciante, si es que pretende tener un negocio sano y duradero.
Ahora bien, la obligación de la contabilidad se señala:
a)      Código de Comercio en su Articulo 33 al 38
b)      Ley del Impuesto sobre la renta
c)       Código Fiscal de la Federación Titulo II articulo 28
d)      Reglamento del Código Fiscal de la Federación Sección tercera articulo 26 al 29
e)      Ley del impuesto al valor agregado Articulo 32 fracción I
f)       Reglamento de la ley de impuesto al valor agregado Articulo 46

El desconocer una ley no nos exime de las sanciones derivadas
Las Sanciones se señalan en el Articulo 83 del Código Fiscal de la Federación y la repercusión económica en el Articulo 84 del Código Fiscal de la Federación
Conclusiones
Pues bien este articulo esta muy generalizado, hace falta hacer un estudio de un negocio para establecer los procesos que se adecuen a su operación, establecer controles y sistemas de registro., el éxito del negocio no es solo vender, lleva una correlación con la administración
Un negocio no se sostiene solo con administración si no se vende
De la misma manera no se sostiene solo vendiendo si no se administra

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